958 828 653 - 958 870 490

Los solicitantes de los 400 euros tendrán que declarar si reciben ayudas autonómicas y su cuantía

Los solicitantes de los 400 euros tendrán que declarar si reciben ayudas autonómicas y su cuantía

Los solicitantes de las ayudas del Plan Prepara, los 400 euros para parados que se quedan sin prestación, tendrán que certificar que no reciban otro tipo de ayudas, según el Real Decreto publicado hoy en el BOE.

La nueva prórroga del Plan Prepara obligará a los solicitantes de la ayuda de 400 euros acreditar con un certificado oficial si reciben salarios sociales, rentas mínimas de inserción o ayudas análogas de asistencia social concedidas por las Comunidades Autónomas y las entidades locales.
En concreto, el texto del Decreto que regula las nuevas condiciones de este programa, publicado hoy en el Boletín Oficial del Estado (BOE), exige a los futuros beneficiarios «aportar, junto con la solicitud, un certificado emitido por dicha Comunidad Autónoma o entidad local donde se haga constar la percepción o no de dichas ayudas, y de su cuantía, por el solicitante y/o su unidad familiar». Sólo quedarán exentos de esta obligación aquellos que residan en comunidades o municipios que inscriban estas ayudas en el Registro de Prestaciones Sociales Públicas.
Esta acreditación se exigirá para ejecutar la compatibilidad parcial de los 400 euros con otras rentas sociales, ya que la ley indica que si la suma de esta ayuda y otras de este tipo concedidas por comunidades y/o ayuntamientos cobradas por el solicitante u otro miembro de su familia sumaran más de 481 euros, se descontará de la cuantía del Prepara lo que exceda de dicha cantidad. En la actualidad muchos solicitantes ocultaban si percibían estas rentas sociales, según fuentes cercanas a los Servicios Públicos de Empleo.
El texto legal recoge otras novedades como que el solicitante del Prepara deberá acreditar que en los dos meses que tiene para solicitar esta ayuda desde que agota el resto de prestaciones, ha estado buscando activamente empleo durante al menos treinta días. Para ello, la norma reconoce ahora que estar trabajando por cuenta ajena o propia durante este periodo computará como búsqueda activa. Asimismo, los nuevos beneficiarios estarán obligados a aceptar las ofertas «adecuadas» de empleo que les realicen los servicios públicos de empleo y también las empresas de trabajo temporal que colaboren con dichos servicios.

La Ministra de Empleo, Fátima Báñez, explicó ayer que aunque no se ha presupuestado para esta prórroga más dinero que para las ediciones anteriores, si se registraran más beneficiarios, las ayudas se financiarían «cueste lo que cueste»; si bien el texto del Decreto que publica hoy el BOE precisa que «en nigún caso esta medida podrá afectar al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria».

Fuente: CincoDias.com

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.

Política de privacidad

De acuerdo a la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de Diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal (LOPD), se informa a los usuarios que los datos personales que nos faciliten a través del formulario “Contáctenos” de la web serán incorporados a los ficheros registrados en la Agencia Española de Protección de Datos, propiedad y responsabilidad de Asesoría Navarro Bosch, con la finalidad poder contestar a las cuestiones que nos planteen. A tal efecto, y de conformidad con el Real Decreto 1720/2007, de 21 de Diciembre, adoptaremos las medidas de seguridad adecuadas a los datos personales que los usuarios faciliten y pondremos los medios y medidas técnicas para evitar la pérdida, mal uso, alteración, acceso no autorizado y robo de los mismos.

Además informarle que los currículos recibidos a través de la página web serán almacenados con un periodo máximo de seis meses desde su recepción. Si transcurrido dicho plazo no ha sido incluido en ningún proceso de selección, se procederá a su destrucción.

Sus datos personales no serán cedidos a ninguna tercera persona, empresa o entidad, salvo aquellos que por obligaciones legales, así haya que hacerlo.

Respecto a la publicación de datos personales en blogs y redes sociales que puede compartir esta web, en ningún caso se tratan dichos datos y la política de privacidad es la marcada por las entidades responsables de esos sitios. Asesoría Navarro Bosch no se hace responsable de la información personal que cada usuario pueda publicar.

El usuario podrá ejercitar en todo momento los derechos de acceso, rectificación, oposición y cancelación de sus datos personales, de conformidad con lo establecido en la normativa vigente sobre protección de datos personales, dirigiéndose a nuestra empresa por escrito postal o vía e-mail, adjuntando copia del Documento Nacional de Identidad.