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Nueva bonificación de los contratos indefinidos en 2015.

Nueva bonificación de los contratos indefinidos en 2015.

Se ha publicado hoy en el BOE el real decreto ley por el que se establece la tarifa plana de 500 euros para los nuevos contratos indefinidos.

La nueva tarifa plana de reducción de la cotización a la Seguridad Social de los primeros 500 euros de salario para los nuevos contratos indefinidos (si el contrato es a tiempo parcial cuando la jornada de trabajo sea, al menos, equivalente a un 50 por 100 de la jornada de un trabajador a tiempo completo comparable esta cantidad se reducirá proporcionalmente de acuerdo con la jornada) se solapará durante el mes de marzo con la actual tarifa plana de reducción de 100 euros en las cotizaciones, cuya vigencia concluye el 31 de marzo.

Este beneficio en la cotización se aplicará durante un período de 24 meses, computados a partir de la fecha de efectos del contrato, que deberá formalizarse por escrito, y respecto de los celebrados entre la fecha de entrada en vigor de este real decreto-ley y el 31 de agosto de 2016.

Finalizado el período de 24 meses, y durante los 12 meses siguientes, las empresas que en el momento de celebrar el contrato al que se aplique este beneficio en la cotización contaran con menos de diez trabajadores tendrán derecho a mantener la bonificación o reducción, si bien durante este nuevo período estarán exentos de la aplicación del tipo de cotización los primeros 250 euros de la base de cotización o la cuantía proporcionalmente reducida que corresponda en los supuestos de contratación a tiempo parcial.

Uno de los requisitos que debe cumplir la empresa es mantener durante un periodo de 36 meses tanto el nivel de empleo indefinido como el nivel de empleo total alcanzado, al menos, con dicha contratación.

Otra de las medidas aprobadas es la reforma del Estatuto del Trabajador Autónomo para establecer una bonificación para la conciliación. Así, se bonificará durante un año el 100 % de la cotización por contingencias comunes de los trabajadores autónomos que necesiten reducir su jornada por cuidado de hijos menores de 7 años o por tener a su cargo un familiar, por consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado inclusive, en situación de dependencia, debidamente acreditada.

Así, el Gobierno ha aprovechado el debate sobre el Estado de la Nación para rectificar la medida estrella del debate del año anterior: la tarifa plana en cotizaciones a la Seguridad Social. Lo ha hecho de forma indirecta, presentada como una medida que consiste eximir de cotización los primeros 500 euros en los sueldos de los contratos indefinidos que, según apuntan en el Ministerio de Empleo, supongan incremento de plantilla.

La medida vieja, la tarifa plana de 100 euros para los nuevos empleos indefinidos que estará vigente hasta el 31 de marzo, convivirá durante un mes con la nueva. Pero, pasado este tiempo, apunta Empleo, desaparecerá. Así se consolidará la rectificación de una medida, la vieja, muy criticada entre otras cosas, por regresiva. Es decir, el beneficio era mayor cuanto más ganaba el contratado, ya que daba igual que el salario fuera de 650 euros o de 3.600, el empresario pagaría 100 euros al mes por las cotizaciones durante dos años. La nueva medida es progresiva, por lo que los sueldos más bajos salen más beneficiados.

FUENTE: TODOLABORAL365.COM

2 comentarios

  1. Buenos dias,

    En terminos globales, que este desempleado, y que no haya trabajado en la empresa con contrato indefinido en los ultimos 6 meses, y que la empresa aumente la plantilla.

    Un saludo.

  2. ¿Y cuales son los requisitos que debe cumplir el trabajador? es decir, ¿debe estar desempleado o puede venir de otra empresa? ¿debe estar inscrito en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil?

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