El Supremo pone coto a la usura en los créditos rápidos
El Tribunal Supremo ha puesto coto a los intereses de los créditos al consumo. El Pleno de la Sala Civil ha concluido que aquellos que dupliquen el interés medio del mercado deben considerarse usurarios y, por tanto, nulos. La sentencia, que llega en pleno periodo de gasto navideño, afecta directamente a los llamados créditos rápidos y microcréditos.
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