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Borrador del decreto sobre la Reforma Laboral

El Gobierno envió a primera hora de la tarde de ayer a los partidos políticos, la patronal y los sindicatos el borrador del decreto sobre la reforma laboral que aprobará el Consejo de Ministros el próximo día 16 y que posteriormente será convalidado por el Parlamento el 22 de junio.

En el mencionado documento, de 41 folios, no figura una de las grandes novedades de esta reforma: la ampliación de las causas objetivas por las que un empresario puede despedir a un trabajador. Entre ellas estará a partir de ahora el que una empresa lleve seis meses en pérdidas. En este caso, la indemnización será de tan sólo 20 días, frente a los 45 días de los despidos improcedentes. Esta medida fue anunciada por el ministro de Trabajo, Celestino Corbacho, al término de la rueda de prensa del Consejo de Ministros.

Amenaza de huelga general

Los sindicatos, por su parte, anunciaron tras su reunión de ayer con el director del gabinete del diálogo social, Alfonso Morón, que si el Ejecutivo no da marcha atrás llevarán a cabo una huelga general.
Desde Trabajo, sin embargo, se asegura que el texto podría sufrir alguna pequeña variación en su tramitación parlamentaria y que esperaba que pudiera ser ratificado por el Parlamento el día 22. La otra novedad importante es la puesta en marcha, a partir de 2012, del modelo austriaco de indemnización, con un fondo de capitalización con la aportación de las empresas que podrá utilizar cada trabajador con contrato indefinido en determinadas circunstancias.

Despido más fácil

Las empresas que tengan resultados negativos durante seis meses podrán despedir a sus trabajadores alegando motivos objetivos, lo que se traduce en una indemnización de 20 días, frente a las indemnizaciones de los despidos improcedentes habituales que conllevan 45 días. El documento apunta que se entiende que concurren causas económicas cuando los resultados de la empresa arrojen pérdidas «no meramente coyunturales».

Modelo austriaco

La legislación laboral española incorporará una versión del denominado modelo austriaco de indemnización, que encandiló a Rodríguez Zapatero. El Gobierno regulará la constitución de un fondo de capitalización para los trabajadores equivalente a un número de días de salario por año de trabajo a determinar. En caso de despido, movilidad geográfica o cursos de formación, el trabajador podrá cobrar las cantidades acumuladas en su nombre en ese fondo. Por lo tanto, las indemnizaciones que tendrá que abonar el empresario en caso de despido se rebajarán en una cantidad equivalente a la de ese fondo. Si el trabajador no hiciera uso del mismo, lo percibirá en el momento de su jubilación.

Subvenciones

El Fondo de Garantía de Depósito (Fogasa) abonará 8 días de salario por año de trabajo en las indemnizaciones por despido siempre que el contrato sea superior a un año y cualquiera que sea el número de trabajadores de la empresa. El Fogasa, que se nutre de las aportaciones empresariales, aumentará ligeramente éstas para sufragar los costes de la medida.

Bonificaciones

Las bonificaciones a la contratación indefinida se reestructuran y, a partir de ahora, serán 800 euros durante tres años a las empresas que contraten a hombres de entre 16 y 30 que lleven al menos un año en paro y que no hayan completado la escolaridad obligatoria. En el caso de las mujeres, la bonificación será de 1.000 euros. Cuando los contratados sean mayores de 45 años, las bonificaciones serán de 1.200 euros en el caso de hombres, y de 1.400 euros si son mujeres. Cuando se transformen en indefinidos contratos formativos, de relevo y de sustitución, tendrán derecho a una bonificación en la cuota empresarial a la Seguridad Social de 500 euros (hombres) o 700 euros (mujeres).

Modelo alemán

Aunque actualmente ya existe la suspensión del contrato o reducción de la jornada por causas económicas, técnicas, organizativas, de producción o de fuerza mayor, esta posibilidad se extiende ahora a cualquier empresa, sin importar el número de trabajadores. Es el denominado modelo alemán. Se entenderá reducción de jornada cuando comprenda entre el 10 y el 70% de la misma. El empresario gozará también de una bonificación del 50% de las cuotas empresariales, que aumentará al 80% cuando incluya cursos de formación. Este modelo alemán se utilizará sobre todo en los Expedientes de Regulación de Empleo (ERE) para que sean temporales en lugar de definitivos.

Temporales

Para reducir la dualidad del mercado de trabajo español, donde sólo el 8% de las contrataciones son fijas, el Gobierno limita a 24 meses la duración máxima de un contrato temporal, que podrá ampliarse 12 meses más. Transcurridos esos plazos, el contrato será automáticamente fijo. También se limita el encadenamiento de contratos temporales.

Contrato de fomento

Se amplían los posibles beneficiarios de los contratos de fomento, que tienen una indemnización de 33 días por año trabajado, frente a los contratos indefinidos habituales (45 días). No tendrá efectos retroactivos y afectará a jóvenes, mujeres, mayores de 45 años y parados que lleven tres meses inscritos en los servicios públicos de empleo (antiguo Inem).

Fuente: abc.es

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