Impuesto sobre las Bolsas de Plástico de un Solo Uso en Andalucía
Mientras concreta su mensaje, la comunidad de Andalucia ha pasado a la acción con una subida de los tramos más altos del Impuesto de la Renta, pero el esfuerzo de los ricos no tapa el déficit. Por eso, Andalucía ha innovado con un nuevo impuesto verde del que no se librará nadie. Cada andaluz pagará de media 30 euros año por el nuevo tributo sobre las bolsas de plástico de un solo uso que distribuye el comercio.
En concreto, la Junta de Andalucía alega que el objetivo de este nuevo impuesto es “disminuir la utilización de las bolsas”, “la contaminación que generan” y “proteger el medio ambiente”. Y para ello, impondrá un pago de cinco céntimos por bolsa en 2011 y 10 céntimos a partir de 2012. Cada ciudadano consume al año entre 280 y 300 bolsas de plástico, según datos del Ministerio de Medio Ambiente. Por tanto, deberá abonar una media de hasta 15 euros en el primer año de aplicación del impuesto y de 30 euros, a partir de 2012.
Regulación
La Ley 11/2010, de 3 de diciembre, de medidas fiscales para la reducción del déficit público y para la sostenibilidad crea y regula el Impuesto sobre las Bolsas de Plástico de un solo Uso en Andalucía (IBP) que, con una finalidad medioambiental, grava el suministro de bolsas de plástico por los establecimiento comerciales situados en el territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
La Orden de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, de 14 de abril de 2011 (BOJA 82, de 28 de abril) aprueba los modelos 751 de autoliquidación trimestral y 752 de declaración anual, determina el lugar de pago y regula determinados aspectos para la aplicación del IBP.
El IBP entró en vigor el 1 de mayo de 2011 (DF 5ª del Decreto Ley 7/2010, de 28 de diciembre).
Hecho Imponible
Suministro de bolsas de plástico por un establecimiento comercial entregadas a los consumidores en los puntos de venta.
Exenciones
Están exentas del Impuesto:
- Las bolsas de plástico suministradas por establecimientos comerciales dedicados a la venta minorista cuyos titulares estén dados de alta exclusivamente en alguno de los epígrafes de la agrupación 64 del Impuesto sobre Actividades Económicas, con excepción de los epígrafes comprendidos en los grupos 645, 646 y 647.
- Las bolsas reutilizables (son las bolsas que se venden para su reutilización)
- Las bolsas biodegradables
Sujetos pasivos
Son sujetos pasivos a título de contribuyentes los titulares de establecimientos que suministren bolsas de plástico de un solo uso a los consumidores.
Base Imponible
La constituye el número total de bolsas de plástico de un solo uso suministradas por el sujeto pasivo durante el período impositivo.
Tipo impositivo y Cuota
En el ejercicio 2011 el tipo impositivo es de 5 céntimos de euro por cada bolsa de plástico de un solo uso suministrada. En ulteriores ejercicios el tipo será de 10 céntimos.
Segun la Junta, “Nuestro objetivo y voluntad es que ojalá no recaudáramos nada y se eliminasen por completo las bolsas de plástico, pero será algo paulatino”, explicaba la portavoz de la Junta, Mar Moreno. En la lenta agonía de las bolsas parece estar la clave fiscal de esta medida, porque teniendo en cuenta los más de 7 millones de personas que viven en Andalucía, la recaudación el primer año podría rondar, como admite la Junta, los 100 millones de euros en 2011; y superar los 200 en 2012.
De todas formas os dejo un enlace de la Junta de Andalucia, con cuestiones frecuentes. http://www.juntadeandalucia.es/haciendayadministracionpublica/tributos/impuestos/propios/bolsas.htm
FUENTE: Junta de Andalucia.
Eduardo Navarro
30 julio, 2011
Sabine
28 julio, 2011